8 jul 2008

Registro de ultimas voluntades

Es un registro en el que consta si el difunto hizo o no testamento y se nos expide un certificado de ultimas voluntades en el que constan los datos del Notario y la fecha en la que otorgó el último testamento o por el contrario si murio sin hacer testamento. Es un documento imprescindible para que el Notario nos facilite una copia del testamento y poder así iniciar los trámites de la herencia. Este certificado se nos dará previo pago de una tasa y con una partida de defunción, sin estos dos requisitos no se nos facilitará el certificado de últimas voluntades.

Partida de defunción

Se solicita en el Registro Civil del lugar del fallecimiento. El expediente de inscripción en el Registro demora unos días, por lo que no se puede obtener hasta transcurridos 8 días más o menos, desde la muerte.