11 dic 2012
PRESCRIPCION DE LA HERENCIA
En Espana el derecho a reclamar una herencia NO prescribe nunca, segun el artículo 1965 del C'odigo Civil. No prescribe entre coherederos, condueños o propietarios de fincas colindantes la acción para pedir la partición de la herencia, la división de la cosa común o el deslinde de las propiedades contiguas.
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